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ESTADOS CIVILES
SUBGERENCIA DE TRAMITE Y ARCHIVO
TRANSPARENCIA
Servicios Municipales: Estados Civiles
Procedimiento de Divorcio

REQUISITOS DEL PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL
  • Solicitud suscrita por ambos cónyuges.
  • Copia legible del DNI vigente con el estado civil de casados de ambos cónyuges.
  • Partida de matrimonio actualizada (tres meses de antigüedad).
  • Declaración jurada simple suscrita por ambos cónyuges de no tener hijos menores o mayores con incapacidad, si fuera el caso.
  • Declaración jurada simple suscrita por ambos cónyuges de no tener bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
  • Declaración jurada simple del último domicilio conyugal.
  • Acta conciliatoria o resolución judicial firme, en caso de hijos menores de edad o mayores con incapacidad, si los hubiera, respecto a la tenencia, alimentos, régimen de visitas y patria potestad.
  • Pago por el derecho solicitado S/. 231.00 nuevos soles.
En caso de actuar a táves de apoderado, el poder debe constar en escritura pública debidamente inscrito en los Regístros Públicos.

REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL - (DIVORCIO)
  • Solicitud suscrita por cualquiera de los cónyuges, luego de haber transcurrido dos meses de notificada la Resolución de Alcaldía que declara la separación legal convencional.
  • Pago por derecho solicitado S/. 63.00 nuevos soles.
REPRESENTACIÓN MEDIANTE PODER NOTARIAL O CONSULAR

Conforme lo establecido en el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, Reglamento de la Ley Nº 29227, Ley que Regula el Procedimiento de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías, los cónyuges podrán otorgar Poder mediante Escritura Pública, la cual deberá señalar las facultades específicas para su representación en el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior; el mismo que deberá estar inscrito en los Registros Públicos.

Este poder deberá especificar las facultades que son conferidas, con la finalidad de poder representarlo, en su nombre, en los diferentes actos y presentando los requisitos que son exigidos por la Ley, como son:

  • Presentar las solicitudes de separación y divorcio ulterior, las declaraciones juradas, los documentos y escritos que sean necesarios dentro del procedimiento.
  • Representarlo en la Audiencia Única que se realizará en el Procedimiento de Separación Convencional.
  • Ratificarse o desistirse de la solicitud presentada, pudiendo suscribir el acta correspondiente, así como en las demás diligencias a que hubiera lugar.
  • Poder recoger las notificaciones de los diferentes actos administrativos dentro del procedimiento, recoger la copia certificada de las Resoluciones que recaigan en el procedimiento, así como los partes para la inscripción en los registros correspondientes y los demás documentos que formen parte del procedimiento.

Si la persona reside en el extranjero, el poder deberá ser otorgado por el Consulado Peruano de la ciudad donde reside, posteriormente tendrá que ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú y deberá estar inscrito en los Registro Públicos.

Solicitud de separación convencional.
Declaración Jurada de no tener hijos menores de edad ni mayores con incapacidad.
Declaración Jurada de último domicilio conyugal (Ley N° 29227 y D.S. 009-2008 JUS)
Declaración Jurada de autorización de notificación vía correo electrónico.
Declaración Jurada de no tener bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
Declaración Jurada de domicilio (Ley N° 28882)
Solicitud de disolución de vínculo matrimonial.
 

 

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